PLAN OPERATIVO 2025

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San Baltazar Loxicha
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A LOS AGENTES MUNICIPALES, SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS, RESTAURANTES, TIENDAS DE ABARROTES, A LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS EN GENERAL.

LA SINDICATURA MUNICIPAL EN COORDINACIÓN CON EL ÁREA DE SEGURIDAD DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN BALTAZAR LOXICHA, DISTRITO DE POCHUTLA, ESTADO DE OAXACA; EN BASE A LA CELEBRACIÓN DE AÑO NUEVO Y FERIA ANUAL 2025, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS, 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 113 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA; 71,73,75 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL 42,43 D) DEL BANDO DE POLICÍA VIGENTE EN ESTE MUNICIPIO Y POR DISPOSICIÓN DE ESTA AUTORIDAD QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO LOS SIGUIENTES ACTOS:

  1. A conductores de todo tipo de vehículos de motor mototaxis y motocicletas exceder la velocidad máxima de 20 kilómetros por hora en las calles del municipio, así como manejar en estado de ebriedad.
  2. Alterar el orden público y la paz social dentro de la comunidad.

III. Arrojar basura en lotes baldíos, banquetas, calles o cualquier lugar público o privado.

  1. Celebrar actividades en la vía pública sin la autorización municipal.
  2. Consumir bebidas embriagantes en vía pública, así como consumir algún tipo de drogas o sustancia psicotrópicas dentro de los límites de nuestro municipio.
  3. No cuidar ni encerrar animales domésticos de traspatio.

VII. Disparar arma de fuego en la vía pública o en cualquier parte del área dentro y fuera de la zona urbana.

VIII. Hacer uso inmoderado del agua.

  1. Insultar a las autoridades y a los cuerpos policiacos municipales.
  2. Obstruir calles con materiales de construcción, vehículos o cualquier otro instrumento sin el permiso correspondiente.
  3. Realizar sus necesidades fisiológicas en vía pública.

XII. Vender bebidas embriagantes, cigarros y solventes a menores de edad.

XIII. A los propietarios de vehículos de motor omitir la solicitud de permiso extraordinario para que menores de edad manejen vehículos a su cargo.

XIV. Así como cualquier falta y acto prohibido y de las actividades que señalen los artículos 52,53,54,55, 56 58 y 59 del BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO vigente en nuestro municipio, por lo que se le exhorta a los habitantes, vecinos y visitantes en acatarse a la presente disposición municipal, en caso de omitir se estará ejecutando el proceso legal administrativo correspondiente.

Respetuosamente

 Autoridad Municipal 2023-2025

San Baltazar Loxicha, Pochutla Oaxaca a 30 de diciembre del año 2024.